miércoles, 19 de diciembre de 2012

Ley de Trata de Personas: en el marco de la convocatoria a sesiones extraordinarias impulsada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, Diputados sancionó la reforma

La Cámara baja aprobó el proyecto que modifica la ley sobre prevención y sanción de la trata de personas, en una votación unánime de la que participaron 224 diputados.



El proyecto se debatió en el marco de la convocatoria a sesiones extraordinarias impulsada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, tras conocerse el fallo de la justicia tucumana que absolvió a los 13 acusados de la desaparición de la joven Marita Verón.

El debate se desarrolló con la presencia de Susana Trimarco, quien fue aplaudida por los diputados cuando el presidente de la Cámara, Julián Domínguez, anunció su presencia en uno de los palcos del recinto.

También siguió el debate desde la Cámara baja, la senadora tucumana Beatriz Rojkes, esposa del gobernador de esa provincia, José Alperovich, y autora del proyecto que se debatió hoy.

Además, los diputados sesionaron con fotos de Marita Verón con el reclamo de justicia en las bancas y otras imágenes con huellas de manos de color rojo con la leyenda "No a la Trata".

La reforma a la Ley de Trata de Personas elimina al consentimiento de la víctima como eximente de toda responsabilidad penal y obliga al Estado a promover la reinserción social de las mujeres que caen en estas redes.


El Frente para la Victoria, que impulsó el texto venido del Senado, contó con el apoyo de sus aliados tradicionales y todos los bloques opositores, que respaldaron la iniciativa en general y finalmente desistieron de introducir modificaciones. Sólo hubo una única abstención, de la monobloquista Marcela Rodríguez, que había presentado su dictamen en minoría.

La Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas fue sancionada en 2008 e incorporó este delito al Código Penal. Sin embargo, desde aquel momento sufrió reiterados cuestionamientos por las bajas penas que establecía y las dificultades para operativizar el combate contra la trata.

La sesión extraordinaria pedida por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se extendió durante más de ocho horas, en un debate en el que casi ningún diputado se privó de hablar.

El fallo por Marita Verón también trajo a colación el papel de los jueces: “Tenemos la obligación de interpelar a ese Poder Judicial que mira hacia el costado. Este fallo escandaloso lo tenemos que tomar como la oportunidad para dar el debate” por la democratización de la Justicia, consideró el presidente de la bancada oficialista, Agustín Rossi.



“Jueces que dan vergüenza como éstos reinan en todo el país. No queremos más jueces cómplices”, exclamó Horacio Pietragalla Corti en el mismo sentido. 

Pablo Kosiner fue quien dio las cifras: puntualizó que, desde 2008 hasta el momento “se han rescatado 3875 víctimas en 1819 allanamientos con 1396 detenidos”. Según Virginia Linares (FAP), “el 87% de la trata se refiere a una situación sexual, y de ese porcentaje el 90% son mujeres y niñas en estado de esclavitud y sometimiento extremo”. “La trata es más que un delito, es una grave violación a los derechos humanos”, sostuvo.
La flamante ley define como “trata de personas” al “ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países”.

Además, establece que “el consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores”.

También castiga con prisión de cuatro a seis años al que explote económicamente el ejercicio de la prostitución de una persona, y al que “promueva o facilite la prostitución” de la misma. Si la víctima es menor de 18 años, la pena será de 10 a 15 años de prisión.

Se contemplan agravantes cuando, para someter a la víctima, se emplee violencia, amenazas o cualquier otro medio de intimidación o coerción; cuando el autor fuera familiar, cónyuge, autoridad o ministro de cualquier culto, o encargado de la educación o de la guarda de la víctima, funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad.

Otra de las modificaciones obliga al Estado nacional a brindar asistencia médica y psicológica gratuita a las víctimas; otorgar capacitación laboral y ayuda en la búsqueda de empleo; y a colaborar en la incorporación de la víctima en el sistema educativo.

La nueva norma crea también un Consejo Federal y un Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, con la función de diseñar políticas públicas destinadas a combatir la trata y explotación de personas.

Asimismo, crea en el ámbito del Ministerio Público Fiscal un Sistema Sincronizado de Denuncias sobre el Delito de Trata y Explotación de Personas, y se le asigna el número telefónico 145 en todo el territorio nacional.

Por último, se establece que “siempre que fuere posible, las declaraciones de las víctimas de los delitos de trata y explotación de personas serán entrevistadas por un psicólogo, no pudiendo en ningún caso ser interrogadas en forma directa por las partes”.



Fuentes: Telam/Parlamentario

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