Así lo dispuso un fallo de la Corte Suprema. Proponen diversas alternativas para adecuar los convenios que incluyen esos pagos.
La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la inclusión de sumas no remunerativas en los salarios de los trabajadores. Instrumento que exime a los empleadores del pago de cargas sociales y afecta el financiamiento del sistema de seguridad social que se nutre de los aportes patronales.
El fallo, que lleva la firma de todos los integrantes del máximo tribunal y tiene fecha del jueves pasado, habilita a que se aplique a los efectos del calculo del aguinaldo, vacaciones e indemnizaciones lo percibido como sumas no remunerativas y hacia delante tendrá impacto en las negociaciones paritarias que se están llevando a cabo por estas horas y en su mayoría incluyen este tipo de remuneración que no tributa aportes patronales.
El fallo ratifica el carácter salarial de los vales alimentarios, ya derogados por la ley en 2009, tal como el propio tribunal estableció en a causa. “Pérez, Aníbal Raúl contra Disco S.A. y ratifica tanto la posición de las Cámaras de Trabajo que ya venían fallando en esa dirección, como anteriores resoluciones de la Corte que en 2010 había cuestionado la constitucionalidad de los decretos firmados por el ex presidente Eduardo Duhalde que dispusieron aumentos no remunerativos en medio de la emergencia posterior a la crisis de 2001.
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