Se oficializó, con su publicación en el Boletín Oficial, la rescisión de los contrato de Concesión suscriptos con la Empresa Tren de la Costa Sociedad Anónima, por Resolución 477/2013, y por Resolución 469/2013 el de explotación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea General San Martín y remanente de la Línea Domingo Faustino Sarmiento, con excepción de los tramos urbanos Retiro - Pilar y Once se Septiembre – Mercedes.
La resolución dispone además la rescisión del Contrato de Concesión para la explotación de los servicios de transporte ferroviario de carga correspondientes a la Red Ferroviaria Nacional integrada por la Línea General Urquiza, con exclusión del tramo urbano electrificado Federico Lacroze - General Lemos.
Se asigna a la sociedad Belgrano Cargas y Logística S.A., la operación del servicio ferroviario y la administración de la infraestructura ferroviaria que integran dichas concesiones.
Ambas decisiones fueron anunciadas por el ministro del Interior y transporte, Florencio Randazzo, quien firma ambas resoluciones y ayer brindó precisiones sobre los graves incumplimientos de las concesionarias.
En el caso del Tren de la Costa la rescisión es por incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del Concesionario, señalando en los considerandos de la medida que el servicio operado por la concesionaria, evidencia un proceso de desinversión con falta de mantenimiento, especialmente en el material rodante.
También en virtud de sus graves y reiterados incumplimientos se rescindió el contrato con las concesionarias América Latina Logística Central Sociedad Anónima y América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima para la explotación de los servicios de carga (Líneas San Martín y Sarmiento).
La auditoría instruida concluyó en su Informe Preliminar que dichas concesionarias han incumplido reiteradamente y gravemente sus obligaciones contractuales, por ejemplo, multas aplicadas que superan el 30% de la garantía del contrato, incumplimiento del canon por más de seis meses, incumplimiento al programa anual de inversiones, abandono de ramales, levantamiento de vías y traslado de activos sin autorización.
Los incumplimientos de las concesionarias –agrega- agravan el déficit histórico en el estado general de la infraestructura, equipamiento y material rodante y redunda en el deterioro de la capacidad y calidad de los servicios prestados.
Pone de relieve también el cúmulo de sanciones aplicadas a las concesionarias, sin haber modificado su conducta, dan lugar a la aplicación de la máxima sanción, ello es la rescisión.
También destaca en la resolución que al 25 de mayo del año 2003, con la asunción del presidente Néstor Kirchner, el Gobierno Nacional se encontró con un escenario devastador: más de quince mil kilómetros de vías fuera de servicio, cientos de estaciones clausuradas y abandonadas y con ello pueblos aislados. En dicho escenario, es donde se inscriben los Contratos de Concesión correspondientes a las concesionarias América Latina Logística Central Sociedad Anónima y América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima.
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