miércoles, 3 de julio de 2013

Hoy podría ser ley el proyecto de registro de violadores

Hoy se debatirá en Diputados el proyecto que busca crear el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos sexuales. Como ya cuenta con media sanción del Senado, hoy podría ser ley.
El proyecto que busca crear el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual avanza en el Congreso y podría ser ley hoy mismo. Ayer obtuvo dictamen de mayoría en una reunión conjunta de las comisiones de Familia y de Presupuesto de la Cámara de Diputados. Como ya cuenta con media sanción del Senado, la aprobación de Diputados lo convertiría en ley.
María Elena Leuzzi, presidenta de la ONG Ayuda a Víctimas de Violación (Avivi), declaró ayer que “con este proyecto estamos brindando una herramienta más a la justicia". Junto con Madres del Dolor, Avivi es una de las asociaciones que impulsaron la iniciativa y que hoy estuvieron presentes en la reunión.
"Es una iniciativa preventiva, porque una víctima podrá dejar inmediatamente una muestra de ADN del violador, para que ese hombre sea capturado rápidamente y para que no siga violando", expresó Leuzzi.
El proyecto prevé la creación de un registro especial a nivel nacional que sistematice la información genética de aquellas personas condenadas por delitos vinculados a la integridad sexual. Esa dependencia formaría parte del Registro Nacional de Reincidencia Criminal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, y será la que nuclee todos los datos respectivos a sentencias penales vinculadas a delitos como abuso sexual, corrupción de menores, explotación sexual o rapto, así como sobre la persona condenada.
Además, establece que las constancias del registro serán de carácter reservado, y sólo podrán ser suministradas a miembros del Ministerio Público Fiscal, jueces y tribunales de todo el país en el marco de una causa en la que se investigue alguno de los delitos contra la integridad sexual. La información será alojada durante cien años desde su incorporación, y recién será descartada cuando se cumpla ese plazo, o por orden judicial.

Fuente: Infojus

No hay comentarios:

Publicar un comentario