La jueza federal de San Martín, Martina Isabel Forns, dispuso la suspensión de los aumentos tarifarios de los servicios de electricidad “a todas las distribuidoras del país”. Así hizo lugar a sendos amparos presentados por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la (CEPIS) y la asociación Consumidores Argentinos.
La suspensión no afecta “el fondo de la cuestión”, que debe ser resuelta por la Corte Suprema. Fue resuelto ante la ausencia del “requisito constitucional” de la audiencia pública y los “exorbitantes, desproporcionados” aumentos dispuestos en las resoluciones 6 y 7 de este año del Ministerio de Energía y Minería.
“La audiencia pública no sólo resulta un requisito constitucional, haya o no norma que la establezca en materia de modificación de tarifas”, sino que máxime que las aplicadas con las resoluciones atacadas por el amparista constituyen ‘prima facie’ ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los ‘clientes cautivos'”, precisó Forns en su fallo.
En consecuencia, la magistrada hizo lugar a los amparos, “ordenando a las demandadas Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional -Ministerio de Energía y Minería-, en Ente Nacional Regulador de la Electricidad), la inmediata suspensión de los efectos de las Resoluciones nro. 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE”.
Asimismo, ordena a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) “que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública”.
Fuente: ElDestape
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