La procuradora general de la Nación argumenta que la implementación del nuevo esquema de facturación de los servicios no siguió el procedimiento previsto por la ley para disponer subas. La falta de audiencias públicas, es la crítica central a la abusiva medida del gobierno de Mauricio Macri.
La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó a favor de confirmar la sentencia que frenó los aumentos en la tarifa de gas y consideró que la falta de audiencia pública para llevar a cabo la medida restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores.
A partir de ahora, los jueces de la Corte Suprema se encuentran habilitados para dictar un fallo que, se supone, ocurrirá mañana.
De acuerdo al Ministerio Público Fiscal, la falta de audiencias públicas antes de hacer efectivos los incrementos tarifarios afectan los derechos de los consumidores, consagrados en el artículo 42 de la Constitución Nacional.
Gils Carbó advirtió además, que el actual cuadro tarifario, por ahora en suspenso podría afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas, lo cual "pone en juego derechos humanos y fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales". Al respecto, señaló que "el acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas —en especial, las pequeñas y medianas—, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo".
"Las resoluciones 28/2016 y 31/2016 impusieron a los usuarios y consumidores un aumento significativo que impacta, de manera inmediata e irreversible, en el acceso a un servicio básico y en la planificación de gastos familiares y costos empresariales. Desde el punto de vista de los usuarios, ello descarta el carácter transitorio que le atribuyó el Estado Nacional a las medidas cuestionadas", agregó Gils Carbó.
Fuentes: Página12/ElDestapeWeb/DiarioRegistrado
No hay comentarios:
Publicar un comentario