jueves, 2 de mayo de 2013

Mas herramientas en beneficio de las trabajadoras domésticas: las familias de altos ingresos y un patrimonio que supere los $ 305.000, deberán pagar aportes previsionales bajo la presunción de existencia de relación laboral no registrada

“Con esta herramienta no se obliga a los contribuyentes a contratar a un trabajador, ni mucho menos a pagar un aporte sino tienen empleados, sino que permite evidenciar relaciones laborales informales que estaban ocultas como ya se hizo con otras actividades”.
La AFIP creó una herramienta para inducir a las personas con altos ingresos a pagar los aportes y contribuciones correspondientes a sus trabajadoras domésticas. La medida alcanza a las personas que tengan ingresos declarados por más de 500 mil pesos brutos al año y paguen el impuesto a los bienes personales. Se trata de un universo limitado de presuntos empleadores que no supera a las 200 mil personas con elevado poder adquisitivo. 
El instrumento es un nuevo Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT), que le brinda a la AFIP parámetros para presumir la existencia de una relación laboral que está oculta y reclamarle al empleador irregular el pago de los aportes y contribuciones correspondientes. Asimismo, la herramienta genera “percepción de riesgo” entre todas las personas que emplean en forma irregular a las trabajadoras de casas particulares. En la resolución estaba previsto que la medida alcance a todos los que tributan Bienes Personales, pero el organismo recaudador modificó ese punto ayer por la tarde con una fe de erratas.
Desde el organismo que conduce Ricardo Echegaray precisaron ayer que “con esta herramienta no se obliga a los contribuyentes a contratar a un trabajador, ni mucho menos a pagar un aporte sino tienen empleados, sino que permite evidenciar relaciones laborales informales que estaban ocultas como ya se hizo con otras actividades”. Se trata de un universo de trabajadores que presenta elevados niveles de informalidad y que es muy difícil de fiscalizar para las autoridades e incluso cuando se realizan esas inspecciones se corre el riesgo de que el empleador asuma “represalias” con el trabajador y lo despida.
La medida de AFIP apunta a un reducido sector de presuntos patrones pudientes que, en muchos casos, no registran a sus trabajadores. La informalidad en el mercado de trabajo ascendió a 34,1 por ciento a fines de 2012, mientras que el nivel de cumplimiento de los hogares empleadores con la normativa vigente es muy escaso y la precariedad laboral en el sector alcanza al 85 por ciento de las trabajadoras, un escenario que se conjuga, en muchos casos, con situaciones de reducción a la servidumbre y vasallaje.
Impulsada por el Gobierno, el Congreso aprobó recientemente una ley que regula las relaciones laborales de las trabajadoras de casas particulares y amplió los derechos de los asalariados del sector. Los elevados niveles de informalidad impiden que esos beneficios, ignorados en el “decreto ley” vigente desde 1956 dictado por la dictadura del general Pedro Eugenio Aramburu, se difundan a las más de 1,1 millón de trabajadoras de casas particulares. Por eso, la medida de AFIP tiene un alcance directo limitado.
El IMT creado por la resolución 3492, publicada el martes en el Boletín Oficial, habilita a la AFIP a presumir que una persona con ingresos por más de 500 mil pesos brutos al año y con un nivel patrimonial superior a los 305 mil pesos emplea a una trabajadora de casa particular o un asistente. El texto fue corregido ayer por la tarde mediante una “fe de erratas” para precisar que serían alcanzados quienes cumplan con ambas condiciones, pues en su versión original la medida ampliaba el universo a todos los que pagan ese impuesto.
Cuando un individuo de alto poder adquisitivo no declare por lo menos una empleada que trabaja en su casa o un colaborador, la autoridad fiscal lo intimará para que transparente esa presunta relación laboral y pague los impuestos correspondientes o justifique la ausencia de la misma. Si la persona no responde los requerimientos AFIP podrá cobrarle los aportes y contribuciones correspondientes.
El monto a reclamar por el organismo recaudador cuando se trate de trabajadoras de casas particulares es de 135 pesos, la cifra vigente a partir de mayo. Esas asalariadas deberán ser declaradas en el nuevo registro especial de la seguridad social de AFIP. Los empleadores, tanto los que pagan salarios legalmente como aquellos que pretenden comenzar a realizarlo, tienen hasta fines de junio para inscribirse a través de la página web de AFIP (ver aparte). Si no se trata de una trabajadora de casa particular sino de un asistente o colaborador, la AFIP le reclamará al empleador que pague los aportes y contribuciones equivalentes a un salario mínimo vital y móvil, que hoy asciende a 2880 pesos por mes.
Al explicar la creación del IMT, la resolución de AFIP considera que “la posesión de ciertos bienes como aeronaves, automóviles de alta gama, embarcaciones deportivas o propiedades, o en general la percepción de un determinado nivel de ingresos, hacen presumir que la persona física titular de los mismos requiere de la prestación de servicios personales realizados por quien se desempeña bajo relación de dependencia y que indirectamente coadyuvan a la obtención y mantenimiento de tales bienes”.
por Tomás Lukin.

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